Con la acción de amparo de extrema urgencia del Partido Esperanza Democrática (PED), liderado por el nieto del dictador Rafael Leonidas Trujillo, este buscaba la certificación de su candidatura presidencial para las elecciones de 2024.
El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible una acción de amparo de extrema urgencia interpuesta por Ramfis Domínguez Trujillo, con la cual buscaba la certificación de su candidatura presidencial para las elecciones de 2024, ante el rechazo mediante resolución de la Junta Central Electoral (JCE).
El tribunal, presidido por Ygnacio Camacho, e integrado por Rosa Pérez de García; Pedro Pablo Yermenos Forastieri; Fernando Fernández y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez, tomó la decisión alegando que existe otra vía judicial para reclamar los derechos alegados vulnerados.
Con la acción de amparo de extrema urgencia del Partido Esperanza Democrática (PED), liderado por el nieto del dictador Rafael Leonidas Trujillo, buscaba la certificación de su candidatura presidencial para las elecciones de 2024.
La instancia fue presentada a través de su abogado Trajano Vidal Pontentini, quien pedía al TSE ordenar a la JCE la inscripción de Ramfis Trujillo como candidato a las elecciones presidenciales de 2024.
En ese sentido pedían que su nombre y foto figurarán en las boletas electorales y en los documentos, archivos, procedimientos, citaciones, notificaciones y demás actividades administrativas llevadas a cabo por la JCE para inscribir candidatos a las elecciones que se tratan.
Se recuerda que la Junta Central Electoral emitió su resolución número 75-2023, rechazando la candidatura presidencial del candidato que pretende presentar el Partido Esperanza Democrática en el mes de octubre.
En un video colgado en sus redes sociales el pasado 11 de Octubre, el día que fue presentada a la Junta Central Electoral su candidatura presidencial por el Partido Esperanza Democrática, Ramfis manifestó que su candidatura sería certificada definitivamente por el Tribunal Superior Electoral, afirmando que el proceso de depositar los documentos en la JCE era simplemente parte del proceso, aclarando que la ley electoral obligaba agotar este paso antes de poder proceder jurídicamente.
Fuente: Listín Diario